El Arraigo para la Formación es una nueva figura de residencia por circunstancias excepcionales de duración equivalente a 1 año, que permitirá al extranjero en situación irregular conseguir un permiso de residencia para poder estudiar y formarse en España. Ha entrado en vigencia a partir del 16 de agosto de 2022.
Las modificaciones persiguen favorecer la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión.
La reforma incluye la figura de arraigo por formación, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo. La figura, puede ser prorrogada por otros 12 meses.
¿Qué es el arraigo para la formación?
El arraigo para la formación es un nuevo tipo de residencia por circunstancias excepcionales que permitirá a los extranjeros en situación irregular, que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años, puedan iniciar una formación o estudios residir durante 12 meses de manera legal en el país. La figura, puede ser prorrogada por otros 12 meses.
Requisitos:
Para poder solicitar este arraigo para la formación se deberán cumplir simplemente 3 requisitos fundamentales.
1- Demostrar la residencia continuada en España durante los 2 años previos a la solicitud.
2- Demostrar que se carece de antecedentes penales, tanto en España como en cualquier otro país en el que hayas residido durante los últimos 5 años.
3- El extranjero deberá comprometerse a:
- Realizar una formación para el empleo, y ésta debe ser reglada
- A conseguir una certificación oficial de cualificaciones profesionales que esté dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral
- Iniciar una formación que permita conseguir una certificación de aptitud técnica
- Completar una habilitación profesional necesaria para poder ejercer en una ocupación específica
Tras 3 meses de haber conseguido este arraigo, deberá producirse la matriculación para iniciar la formación en el centro. Si no se produce la matriculación dentro de este plazo, existirá la obligación de comunicarlo a la oficina de extranjería, y el arraigo quedaría extinguido.
¿Cómo renovar y pasar a permiso de trabajo?
El arraigo para la formación puede ser renovado por un 1 extra. Una vez finalizados los estudios y completada la formación con éxito, será posible conseguir un permiso de trabajo por 2 años (renovables) con una oferta laboral. Para poder modificar su residencia y poder empezar a trabajar deberá hacerlo durante la vigencia del arraigo por formación (no después). El único requisito de esta oferta laboral será que garantice el salario mínimo interprofesional (actualmente 1.000€ brutos mensuales).